Subvenciones para empresas industriales en Canarias 2019

ASINCA pone en marcha este proyecto de apoyo y acompañamiento para la implantación de Acciones Piloto de transformación digital y utilización de las TICs en las PYMES canarias

Subvenciones para empresas industriales en Canarias 2019

¿Quién puede solicitar esta subvención?

Todas aquellas pymes canarias pertenecientes a los sectores industriales manufactureros (CNAE 10-32), o cuya actividad sea la de gestión de residuos y en las que exista un proceso industrial transformador y de valorización (CNAE 38.3x)

¿Qué puedo subvencionar?

Se pueden presentar hasta un máximo de dos Acciones correspondientes a subtipos diferentes entre sí:

IMPLANTACIÓN DE SOLUCIONES DE GESTIÓN EMPRESARIAL

DESARROLLO DE ESTRATEGIA ONLINE EN LA EMPRESA

INCORPORACIÓN DE TECNOLOGÍAS INNOVADORAS TIC A LA EMPRESA

Cuantía de la Subvención

A través de esta subvención de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento del Gobierno de Canarias, ASINCA cubrirá el 100% de los gastos de los servicios de asesoramiento, consultoría y asistencia técnica por parte de proveedores especializados para la ejecución de Acciones que tengan como objetivo la implantación de soluciones de gestión, el desarrollo de estrategias online, o la incorporación de tecnologías de transformación digital relacionadas con la Industria Conectada, con un presupuesto para estos conceptos de entre 5.000 y 20.000 euros (IGIC incluido).

Plazos de presentación

Quiénes deseen participar en este proyecto, deberán presentar la documentación completa que incluye la Propuesta de Acción, junto con su memoria técnica y la oferta del proveedor de servicios, desde las 9:00 horas del día 11 de febrero hasta las 14:00 horas del día 1 de marzo de 2019 de 2 posibles formas:

A) Presencialmente en una de las dos sedes de ASINCA (de lunes a viernes desde las 9:00 hasta las 14 horas):

  • ASINCA Las Palmas: C/León y Castillo 89, 3º, Las Palmas de Gran Canaria.
  • ASINCA Tenerife: C/Puerto Escondido 1, 2º, Santa Cruz de Tenerife.

B) A través de un único envío al correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.  

¿Estás interesado en estas subvenciones?

Itop te acompañará durante todo el proceso de implantación y te facilitará en tiempo y forma toda la documentación que necesitas presentar para la justificación del proyecto tecnológico que hemos acometido para la mejora de los procesos en tu empresa.

La cuenta justificativa contendrá, con carácter general, la siguiente documentación:

1. Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.

2. Una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, que
contendrá:

a) Una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, y por cada uno de ellos, los datos siguientes de las facturas o documentos de valor probatorio: acreedor, número de factura, breve descripción del objeto, importe, fecha de emisión, fecha y medio de pago, identificación de la anotación contable e impuesto soportado.

b) Las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa incorporados en la relación a que se hace referencia en la letra anterior y, en su caso, la documentación acreditativa del pago, que incluirá, como regla general, los justificantes bancarios de la salida de fondos.

c) Indicación, en su caso, de los criterios de reparto de los costes generales y/o indirectos incorporados en la relación a que se hace referencia en el apartado a), excepto en aquellos casos en que las bases reguladoras de la subvención hayan previsto su compensación mediante un tanto alzado sin necesidad de justificación.

d) Una relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia.

e) Los tres presupuestos que, en aplicación del artículo 31.3 de la Ley General de Subvenciones, deba haber solicitado el beneficiario.

f) En su caso, la carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados así como de los intereses derivados de los mismos.

Si estás interesado/a en presentarte a esta subvención, ponte en contacto con nosotros.

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Sobre el Autor

Fran Ariza

Fran Ariza

Consultor de Marketing y Formación.

Responsable de Itop Academy, encargado de coordinar la colaboración con diferentes fundaciones universitarias, centros de educación y plataformas online.

Técnico superior en audiovisuales con más de 10 años de experiencia en el sector, ejerciendo funciones desde edición, montaje hasta Community Manager.

Interesado en las nuevas tecnologías y su aplicación en el mundo empresarial.

  • Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

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