Subvención Canarias Aporta 2022
Para incentivar e impulsar la internacionalización y la competitividad de las empresas canarias
El Programa Canarias Aporta es una línea de ayudas de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo del Gobierno de Canarias que tramita Proexca y que lleva desde 2015 apoyando la internacionalización de empresas canarias, la internacionalización digital (Aporta Digital) y la mejora de la competitividad (Aporta Competitividad), mediante el asesoramiento técnico especializado y la financiación de proyectos de expansión empresarial fuera de las Islas.
¿Cuál es el objetivo?
El objetivo de este programa de subvenciones es la internacionalización de empresas canarias mediante asesoramiento técnico especializado y financiación a proyectos de expansión empresarial en el exterior de las Islas Canarias.
Concretamente, el objetivo de cada proyecto es:
- Canarias Aporta: proyectos de promoción en mercados Internacionales.
- Aporta Competitividad: proyectos de promoción en el mercado peninsular.
- Aporta Digital: proyectos de promoción mediante la digitalización empresarial.
¿Quiénes pueden solicitar esta subvención?
Podrán acceder a esta subvención aquellas empresas y pymes que cumplan los siguientes requisitos:
- Domicilio fiscal en Canarias, o tener un establecimiento permanente en esta Comunidad Autónoma.
- Capacidad financiera suficiente para abordar un proceso de internacionalización.
- Contar con, al menos, un año de constitución al momento de presentar la solicitud de subvención.
- Disponer como mínimo de un producto o servicio propio con potencial de internacionalización.
- Cumplimiento con Reglamento UE Nº1407/2013 de la Comisión relativa a ayuda de Minimis y sectores sensibles.
- Pyme según definición recogida en la recomendación de la Comisión 2003/361/CE.
- Estar inscritas en la Enterprise Europe Network-Canarias (EEN-Canarias).
¿Qué se puede subvencionar?
Para los proyectos Canarias Aporta y Aporta Competitividad, los gastos subvencionables serán:
- Export Manager en origen (Gasto obligatorio sólo para proyectos nuevos).
- Export Manager en destino.
- Consultor Senior.
- Acciones Promocionales en el Exterior.
- Acciones para Implantación.
- Póliza de seguro de crédito.
Para el proyecto Aporta Digital, los gastos subvencionables serán:
- Acciones Promocionales en el Exterior del Canarias Aporta general.
- Formación.
- Export Manager/ Persona experta en digitalización y comercio electrónico en origen (Gasto obligatorio para los proyectos nuevos).
- Equipo Humano y Profesional.
- Marketing.
- Logística.
Las empresas beneficiarias, en esta línea de proyectos digitales, deberán acreditar la formación/experiencia necesaria para el desarrollo de proyectos digitales, con la solicitud si están en posesión de la misma.
En el supuesto que no dispongan de dicha formación/experiencia, deberán llevar a cabo un programa de formación previo a la ejecución del proyecto digital, gastos que son subvencionables.
Procedimiento de valoración del proyecto nuevo
(Imagen extraída de la Presentación de Novedades de Canarias Aporta 2022)
(Imagen extraída de la Presentación de Novedades de Canarias Aporta 2022)
Cuantía del proyecto
Un máximo por proyecto 120.000€ y mínimo de 20.000€ con un apoyo del 50% de todos gastos subvencionables (importe máximo de la subvención 60.000€ y mínimo 10.000€ para solicitarla).
Abono anticipado de la subvención
Se abonarán anticipadamente mediante pago único por el importe total concedido, no exigiéndose garantías, y la empresa beneficiaria estará obligada a justificar la actividad ejecutada, SEMESTRALMENTE.
Los requisitos son:
- La empresa beneficiaria no puede tener otras subvenciones con abono anticipado pendientes de justificación cuyo plazo haya transcurrido sin haberse presentado la misma, en los dos ejercicios inmediatos anteriores al que ahora se concede.
- La empresa deberá hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y no ser deudor por resolución firme de procedencia de reintegro.
¿Cuáles son los plazos de presentación, ejecución y justificación?
El plazo de presentación de solicitudes comienza el 23 de Julio de 2022 y finaliza el 12 de Agosto de 2022 a las 23:59:59.
El período de ejecución comienza desde el 1 de enero del año de convocatoria hasta el 15 de noviembre del año siguiente a la convocatoria.
En cuanto a las justificaciones, las pymes/agrupaciones estarán obligadas a justificar los gastos SEMESTRALMENTE y la justificación final tiene fecha tope de presentación 30 de noviembre, se tiene que presentar auditoria final.
¿Estás interesado en recibir esta subvención?
Desde Itop te acompañamos durante todo el proceso de implantación que vayas a realizar y te facilitamos en tiempo y forma toda la documentación que necesitas presentar para la justificación del proyecto tecnológico que hemos acometido para la mejora de los procesos en tu empresa.
La cuenta justificativa contendrá, con carácter general, la siguiente documentación:
1. Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos en la misma.
2. Una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, que
contendrá:
a) Una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, y por cada uno de ellos, los datos siguientes de las facturas o documentos de valor probatorio: acreedor, número de factura, breve descripción del objeto, importe, fecha de emisión, fecha y medio de pago, identificación de la anotación contable e impuesto soportado.
b) Las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa incorporados en la relación a que se hace referencia en la letra anterior y, en su caso, la documentación acreditativa del pago, que incluirá, como regla general, los justificantes bancarios de la salida de fondos.
c) Indicación, en su caso, de los criterios de reparto de los costes generales y/o indirectos incorporados en la relación a que se hace referencia en el apartado a), excepto en aquellos casos en que las bases reguladoras de la subvención hayan previsto su compensación mediante un tanto alzado sin necesidad de justificación.
d) Una relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia.
e) Los tres presupuestos que, en aplicación del artículo 31.3 de la Ley General de Subvenciones, deba haber solicitado el beneficiario.
f) En su caso, la carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados así como de los intereses derivados de los mismos.
Puedes consultar la información oficial sobre esta subvención aquí.
Si estás interesado/a en presentarte a esta subvención, ponte en contacto con nosotros:
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Sobre el Autor
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